Lo cierto es que el adelanto electoral no entraba en ninguno de nuestros planes. Mas aún sabiendo que la fecha de las elecciones generales será en plena época estival, por lo que puede coincidir que muchos españoles se encuentren de vacaciones, teniendo las reservas con varios meses de antelación.
La pregunta más repetida entre los ciudadanos, tras este anuncio es qué ocurre si tengo un viaje y me toca mesa electoral. La ley dice que aquellos que tengan un viaje con todo programado y reservado no quedarán exentos de pertenecer a la mesa electoral en el caso de que les toque. Al menos, no por ley, aunque la última palabra la tendrá la Junta Electoral.
La única opción sería presentar una alegación oficial a la Junta Electoral de zona adjuntando la documentación que acredita que se tiene un vuelo o reserva programada. Dichos papeles deberán entregarse siempre dentro del periodo permitido que son los siete días posteriores a la fecha de la notificación.
Por lo tanto, la Junta Electoral de la zona será quien tenga la ultima palabra y dispone de cinco días para comunicar la resolución de la alegación.
Las sanciones por no acudir a la mesa electoral
Más allá de los viajes y vacaciones, si no hay justificación el no acudir a la mesa electoral cuando se forma parte de la misma se considera un delito. Según la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, recoge en su artículo 143 de delitos por abandono o incumplimiento en las mesas electorales.
Esta ley incurrirá en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Además, también habrán sanciones económicas detalladas en el artículo 50 del Código Penal. Según recoge, «la cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros».