El Estado de Alarma declarado en España por el avance del coronavirus es una circunstancia sin precedentes que plantea numerosas cuestiones entre la ciudadanía. Con el fin de tratar de revolver cualquier duda, la Policía Local de Valencia ha hecho circular un documento con 22 preguntas y respuestas sobre la cuarentena. A continuación recogemos todas ellas para aclarar las cuestiones más relevantes:
1. ¿Puedo desplazarme a mi lugar de trabajo en bicicleta?
Sí, sin ningún problema. Si bien sería recomendable portar algún documento que justifique el desplazamiento (certificado de la empresa, tarjeta de empleado, etc.)
2. ¿Se puede salir a bajar al perro?
Sí. Siempre que se haga en las inmediaciones del domicilio. No se puede ir a pasear al animal a la playa o al monte, si no es que su domicilio está a escasos metros de esos lugares.
3. Quería saber si una fábrica puede abrir con la aplicación del Estado de Alerta y por tanto los empleados podemos ir a trabajar a dicha fábrica.
Sí. Es conveniente que los empleados y personal directivo lleven algún documento o identificación que indique el domicilio de la empresa.
4. Para los que tenemos que trabajar. ¿Podemos llevar a los niños a casa los abuelos? ¿Hay algún problema en llevarlos por la mañana y recogerlos por la tarde?? Iríamos en transporte público es nuestro único modo de transporte.
Pueden hacerlo sin más limitación que siempre que sea posible que sean acompañados por uno sólo de los cónyuges. Igualmente pueden utilizar el transporte público. Intenten guardar distancia de seguridad.
5. ¿Puedo volver a casa después de estar el fin de semana cuidando a una niña porque sus padres llevan haciendo horas en el hospital?
Puedo hacerlo sin problemas. Y dé las gracias de nuestra parte a esos padres. Entre todos juntos podremos con el virus.
6. Jugar en las canchas deportivas, ¿Se puede?
No se puede. Ni en las públicas ni en las privadas. En el caso de instalaciones deportivas en el interior de comunidades de vecinos, será responsabilidad del Presidente de la Comunidad evitar que esas canchas o instalaciones (pistas de pádel, tenis o piscinas) sean utilizadas. En caso de que no se cumpla esta prohibición serán las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad las que procedan a su precinto.
7. Soy repartidor de…, autónomo con mi propio coche y quería saber si puedo ir a trabajar. Supongo que sí podría porque el comercio online está exento de las restricciones, ¿Verdad?
Sí que puede desplazarse a entregar los pedidos, siempre que esos desplazamientos estén justificados mediante los correspondientes albaranes o notas de entrega, sean en papel o digitales.
8. ¿Se puede acudir a iglesias o lugares de culto de otras religiones?
Las misas han quedado suspendidas por la Conferencia Episcopal en toda España. Igualmente se han cerrado las mezquitas
9. Al lugar donde voy a sacar mi perro van otras personas, ¿Qué hago?
Mantenga distancia de seguridad con las personas. Aunque los animales no transmiten la enfermedad procure no tocar los de otras personas, ni que éstas acaricien al suyo.
10. Mis padres son mayores, puedo traerles la compra mañana si necesitan algo?
Puede hacerles y llevarles la compra sin problemas, siempre que lo haga y la lleve a casa de los padres una persona sola. Igualmente se puede hacer de tal forma a aquellos vecinos que sean personas mayores y lo necesiten Seamos solidarios con nuestros mayores, entre todos podremos con el virus.
11. Los comerciales de recorrido nacional, ¿Podemos trasladarnos o nos quedamos en la empresa?
Todo dependerá de los productos que comercialice su empresa. Si son alimentos o productos de primera necesidad podrá trasladarse siempre que de una forma u otra se justifiquen las visitas a clientes que tiene programadas. Si no son esta clase de productos no podrá trasladarse y tendrá que estar a lo que indique su empresa. Tenga en cuenta que los establecimientos que no vendan alimentos o productos de primera necesidad y aquellos que no estén recogidos den el Real Decreto por el que se dicta el Estado de Alarma, estarán cerrados.
12. Yo estoy volviendo de otro país en coche básicamente por la declaración del Estado de Alarma, supongo que no pasará nada al respecto, ¿No?
Si usted tiene su domicilio en España y lo puede justificar no debe de tener problema para circular y llegar a su domicilio. Que tenga buen viaje.
13. Utilizo el carril bici del Jardín del Turia para acudir al trabajo, ¿Puedo seguir haciéndolo?
El cauce está cerrado, por lo que no se puede circular por el carril bici del mismo. Por favor, utilice vías alternativas. Gracias.
14. Vivo en XXXXXX y trabajo en YYYYYY, pero tengo que llevar a mi hijo pequeño a casa de los abuelos que está en Valencia, ¿Podré hacerlo?
Sí. Pero será necesario que pueda justificar esos desplazamientos. En su caso deberá llevar:
- Su DNI donde conste su domicilio en XXXXXX.
- Un documento en el que consten los datos de la empresa y su pertenencia como trabajador a la misma.
- Un documento que justifique el domicilio, en este caso, de los abuelos, que puede ser recibo del agua, luz, o similar.
- Cuantos más documentos se lleven para justificar esos desplazamientos mucho mejor.
15. Tengo que irme de la ciudad en breve y al tener una motocicleta quería pasar la ITV antes de irme y dejársela a un familiar, ¿Cómo lo hago?
Los trámites administrativos se han suspendido y se interrumpen los plazos en tanto dure el Estado de Alarma. En el momento que salgamos de esta situación, que entre todos saldremos, se lo aseguramos, podrá ir a pasar la ITV. Si usted no puede hacerlo de forma personal podrá hacerlo su familiar con una autorización suya y portando los documentos necesarios para realizar la ITV.
16. Trabajo en la construcción y estamos haciendo una obra en una zona fuera de Valencia y dónde no llega el transporte público. ¿Puedo ir con mi coche? Asimismo viene conmigo un compañero que no tiene coche, ¿Puede seguir haciéndolo?
Puede trasladarse al lugar donde se está haciendo la obra, pero justifique de alguna manera ese desplazamiento (certificado de la constructora, arquitecto, etc.). En cuanto a su compañero que intente llegar al lugar más cercano posible en transporte público y a partir de ahí o caso de no ser posible que vaya en su coche y procurando mantener la mayor distancia de seguridad entre ambos y con el coche ventilado.
17. Ha fallecido un familiar, ¿Puedo ir al tanatorio y posterior inhumación y/o incineración?
Consulte con la empresa funeraria antes de desplazarse por si hubiera algún tipo de restricción. En caso de que no haya restricción puede hacerlo justificando de alguna manera ese desplazamiento (p.ej. lleve el teléfono del tanatorio y si es necesario justificar ante la Policía efectúe llamada y que los compañeros comprueben). Intentemos colaborar entre todos.
18. Vivo fuera de Valencia y tengo que acudir a casa de mis padres que son mayores y en situación de riesgo. Ellos sí que viven en dicha ciudad a llevarles medicamentos, ¿Puedo hacer ese desplazamiento, y cómo podría justificarlo?
Puede realizar el desplazamiento sin problemas. Únicamente, en caso de que se lo soliciten las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tendría que justificarlo de alguna manera, p. ej. con la propia receta, que estará a nombre de sus padres, y algún documento del domicilio de los mismos. En caso de que no disponga de este último los compañeros de Policía o Guardia Civil podrán realizar comprobación del domicilio de sus padres a través de la Sala 092 de PLV. Para próximos días le recomendamos obtener un documento que justifique el domicilio de sus padres. Y le deseamos que se mejoren.
19. Soy comercial y trabajo para un almacén de fontanería, ¿Puedo seguir visitando a mis clientes?
Le recomendamos que en la medida de lo posible efectúe sus visitas de forma telemática, y en caso de que no pueda que las programe con sus clientes, teniendo en cuenta si ellos ejercen su actividad, que no podrá ser de venta de sus productos, salvo casos de fuerza mayor, y sí de reparaciones. Con la agenda debidamente programada podrá justificar sus desplazamientos.
20. ¿Pueden ir dos o más personas en un mismo coche para desplazarse al trabajo?
Le recomendamos que no utilicen el mismo coche. Es preferible usar varios vehículos o que usen el transporte público aquellas personas que no dispongan de vehículo.
21. Si tengo que llevar a una persona a su domicilio en coche, ¿Puedo?
Si esa persona se encuentra en estos momentos en su domicilio y no existe forma de que vuelva a su domicilio en transporte público puede hacerlo. En caso de que no se encuentre con usted dígale que evite el desplazamiento.
22. ¿Se puede bajar al cauce a pasear al perro?
No. El cauce y otros parques permanecen cerrados. Hágalo en las inmediaciones de su domicilio.