La conocida ley del ‘solo sí es sí’, la Ley de Garantías de la Libertad Sexual que unifica los delitos de abuso y agresión en un solo tipo delictivo, ha desatado la polémica. Son muchos los abogados de agresores sexuales que están solicitando una rebaja de las penas, entre ellos el de ‘La Manada’.
Según ha confirmado el abogado Agustín Martínez en Canal Sur Radio, se encentra trabajando en la presentación de un recurso relacionado con la agresión sexual que se produjo en los Sanfermines de 2016.
Martínez ha solicitado una revisión a la baja de la pena de uno de los condenados de ‘La Manada’. Este fue sentenciado por el Tribunal Supremo a 15 años de prisión. Se le imputó un delito continuado de violación con las agravantes específicas de trato vejatorio y actuación conjunta.
A pesar de que no ha revelado el nombre del cliente, todo apunta a Ángel Boza. El joven es el único que entra dentro de los parámetros de la nueva ley. Los otros cuatro condenados cuentan con más penas por otros casos de abusos. Esto les impide que se les aplique la nueva ley.
«Es perfectamente posible porque se han reducido los mínimos de las penas. La sentencia dictada en su día por el Tribunal Supremo hacía la acotación de referirse a que efectivamente se aplicaba el mínimo penal y, habiéndose modificado el mínimo penal, entiendo que es más favorable la aplicación de la norma actual», ha explicado el abogado en la radio.
Con esta nueva legislación, los tribunales españoles ya han empezado a rebajar condenas. Por el momento, se ha rebajado la pena de seis agresores sexuales y se han excarcelado a cinco.
¿POR QUÉ LA LEY DEL ‘SÍ ES SÍ’ REBAJA LAS PENAS DE LOS VIOLADORES?
El abogado de ‘La Manada’ ha criticado la legislación de Irene Montero a la que ha tachado como «absurda». «Lo que hay es una mala ley basada exclusivamente en la propaganda. Ha intentado engañar a la población vendiéndose como que era una reforma muy positiva centrándose en el elemento del consentimiento cuando el consentimiento es el elemento primario que existía en el Código Penal anterior».
La Ley de Garantías de la Libertad Sexual ha unificado dos tipos delictivos en un solo tipo: la agresión. Esta reduce el límite máximo de la pena a 1 a 4 años en lugar de ser de 1 a 5 años como en la antigua normativa. Además, se modifican las penas en las agresiones sexuales con penetración. Antes este delito era de 6 a 12 años y ahora es de 4 a 12 años.