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La Comunitat Valenciana vivirá por primera vez en la historia de la democracia una doble jornada electoral con la convocatoria de comicios generales y autonómicos. Será el próximo 28 de abril cuando los valencianos tengamos esta cita con las urnas, una fecha que coincidirá en un fin de semana de fiesta para la ciudad de Valencia y es que coincidirá con el puente de San Vicente Ferrer (lunes 29 de abril) e incluso serán muchos los que puedan alargar hasta el miércoles 1 de mayo con motivo del Día del Trabajador.

Con un puente de tres días, e incluso un macropuente de cinco jornadas para los más afortunados, no es de extrañar que sean muchos lo que este año recurran al voto por correo pero ¿cómo se solicita y cuáles son los plazos a seguir?

Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) el plazo de solicitud del voto por correo (paso 1) arranca el día de la convocatoria de elecciones, el pasado 5 de marzo, hasta el décimo día antes de la votación, es decir, el 18 de abril. Una vez solicitado, el interesado recibirá la documentación necesaria (paso 2) a partir del trigésimo cuarto día desde que se demandó el voto y hasta seis días antes de las elecciones por lo que esto llegará a los domicilios entre el 8 y 21 de abril. Por último, esta documentación deberá remitirse a Correos (paso 3) hasta el 25 de abril, tres días antes de los comicios.

Los pasos a seguir si se quiere votar por correo siendo residente en España son:

      1. Acudir a una oficina postal de Correos para solicitar los impresos de voto por correo, cumplimentar y entregar. Para ello es necesario acudir con el D.N.I, carné de conducir o pasaporte (se aceptará la presentación de estos documentos aunque estén caducados, pero han de ser los originales, en ningún caso fotocopias).
            • Plazo: hasta el 18 de abril.
      2. Tras este proceso, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral envía al solicitante la documentación necesaria para votar sin acudir a las urnas. Se trata de un envío certificado, es decir, debe haber alguien en la vivienda para recoger dicho sobre pero si se producen dos intentos fallidos de entrega se deja un aviso para su recogida en la oficina postal correspondiente.
            • Plazo: del 8 al 21 de abril.
      3. Recibida la documentación, el solicitante debe regresar a la oficina de Correos con el sobre oficial en el que se ha insertado la papeleta cerrado. Además, se deberá presentar el certificado de inscripción en el censo electoral para que la oficina pueda tramitar el envío que es de carácter gratuito.
            • Plazo: hasta el 24 de abril.

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