Todo lo que podrás hacer si vas a la playa en Fase 2
Paseantes en una zona de costa controlada por la policía durante la desescalada. / FOTO: GLYN KIRK (AFP)

La totalidad de la Comunitat Valenciana entrará en Fase 2 este lunes 1 de junio tal y como ha aprobado el Ministerio de Sanidad. Según el ‘Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad‘, esta nueva etapa incorpora muchas novedades a las que se suman las ventajas de las fases anteriores.

Una de las más esperadas por los valencianos es el regreso al mar. Los bañistas podrán volver al agua y tomar el sol, además sin horarios. Con la Fase 2 ya no será necesario salir a pasear o andar dentro de las franjas horarias, una ventaja que ya estaba en los municipios inferiores a los 10.000 habitantes.

Además, vuelven los cines y los restaurantes pueden ampliar las mesas de comensales. Ahora ya no será necesario sentarse en terraza, también se podrá consumir en el interior del local.

FLEXIBILIZACIÓN DE MEDIDAS SOCIALES

  1. En la Fase 2 se puede circular por la provincia en grupos de un máximo de 15 personas. Este límite no se aplicará entre convivientes.
  2. Las personas de hasta 70 años podrán realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto de 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 y 20:00 horas.
  3. Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas.
  4. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo.
  5. Las ceremonias nupciales podrán realizarse siempre que no se supere el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
  6. Se podrán a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas. Habrá que concertar estas actividades preferentemente mediante cita
    previa.
  7. La Fase 2 permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias. Se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos similares.

COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  1. Reapertura de locales con independencia de su superficie. Se permitirá llenar un 40% del aforo total del local. En el caso de tener varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar la misma proporción. Las rebajas deberán acompañarse de medidas destinadas a evitar aglomeraciones.
  2. Mercadillos. Se garantizará la limitación a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes. Se garantizará que los productos
    comercializados no sean manipulados por parte de los consumidores.
  3. Centros y parques comerciales. En la Fase 2 pueden reabrir al público, siempre que se respeten las medidas de aforo. El aforo se limita al 30% de sus zonas comunes y al 40% en cada uno de los establecimientos comerciales. No se pueden utilizar las zonas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso, debiendo permanecer cerradas. El uso de los aseos y salas de lactancia deberá ser controlado procediendo a su limpieza según la normativa.
  4. Centros de formación. Se posibilita a las autonomías a la apertura de centros educativos no universitarios y de formación. También se permite a los titulares la apertura de academias y autoescuelas con un tercio del aforo.

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

  1. Podrán reabrir al público los establecimientos para consumo en el local, siempre que no se supere un 40% de su aforo. El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.
  2. Se puede encargar comida y bebida para llevar en el propio establecimiento.
  3. Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería mantienen la limitación al 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.
  4. Residencias para investigadores. Pueden reanudar su actividad las residencias, edificios, centros e instalaciones destinadas al alojamiento y prestación de servicios hosteleros y de restauración a personal científico, técnico e investigador.
  5. En la Fase 2 no pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.

SERVICIOS SOCIALES

  1. Las autonomías podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores. Se deberá concertar previamente la visita.

ACTIVIDADES CULTURALES

  1. Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos. Sin embargo, no habrá servicio de guardarropa ni de consigna.
  2. Bibliotecas. Podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado. Se podrá hacer uso de los ordenadores y medios
    informáticos, catálogos o publicaciones electrónicas, los cuales deberán limpiarse tras cada uso. Las salas infantiles y las colecciones de libre acceso permanecerán cerradas.
  3. Pueden abrirse al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y se adopten las medidas necesarias para el debido control de las aglomeraciones. Además, se evitará la celebración de eventos de inauguración de exposiciones que puedan suponer aglomeración.
  4. Podrá procederse a la reapertura al público de monumentos y otros equipamientos culturales siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado. En ningún caso podrán desarrollarse en ellos otras actividades culturales distintas de las visitas. En recintos religiosos con culto u ocupados por comunidades religiosas, se establecerán recorridos obligatorios para separar circulaciones. Si no es posible se exigirá el uso de mascarillas a los visitantes o se establecerán horarios de visita.
  5. Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo.
  6. En el caso de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, la reanudación de la actividad se sujetará a los siguientes requisitos: si se celebra en lugares cerrados, no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir
    más de 50 personas. Tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 400 personas.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

  1. Los deportistas no podrán compartir ningún material de uso individual. Si esto no fuera posible, cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o entrenamientos específicos o de mantenimiento mecánico y de material o equipación de seguridad, tendrá que ser desinfectado tras cada uso.
  2. Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales podrán realizar entrenamiento básico, de manera individual, en los centros de entrenamiento de que dispongan los clubes o en otro tipo de instalaciones que se encuentren abiertas al público.
  3. Los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de 14 personas.
  4. Las tareas de entrenamiento en ligas profesionales se desarrollarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad de la instalación.
  5. Está permitido el uso de los vestuarios.
  6. Reanudación de la competición de las Ligas Profesionales. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.
  7. Apertura de instalaciones cubiertas. La competición se reanudará sin público y a puerta cerrada.Pueden acceder los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo. La actividad deportiva requerirá concertar cita previa con la entidad gestora. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. Se respetará el límite del 30% de capacidad de aforo.
  8. Se pueden abrir las piscinas al aire libre o cubiertas para la realización de actividades deportivas. Tienen acceso preferente los deportistas integrados, a través de la correspondiente licencia. Se requiere concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación. Se respetará el límite del 30% de aforo en cada piscina.

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

  1. Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo.
  2. Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas. Se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos.
  3. En la Fase 2 pueden reabrirse las piscinas y spas. También los parques naturales y teleféricos, con limitaciones de aforo.

PISCINAS Y PLAYAS

  1. Se pueden abrir al público las piscinas recreativas y a ellas puede acceder cualquier persona siempre que se mantenga el aforo máximo de un 30%. Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa. Los objetos personales como toallas deben permanecer dentro del perímetro de seguridad. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.
  2. Se puede acceder a las playas de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de desescalada. Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios. La ubicación de objetos personales como toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen las 15 personas.
  3. En la playa está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.