Hoy arranca el primer fin de semana de cierre perimetral de las localidades valencianas de más de 50.000 habitantes, entre ellas la ciudad de Valencia. A partir de las 15:00 horas de este viernes y hasta las 06:00 horas del lunes, un total de 16 municipios quedarán totalmente cerrados para entrada o salida salvo motivos justificados.
Hay que recordar que de esos 16 municipios son 9 en la provincia de Alicante (Alicante, Elche, Benidorm, Alcoy, Orihuela, Elda, Petrer, Torrevieja y Sant Vicent del Raspeig); 5 en la de Valencia (Valencia, Gandia, Paterna, Sagunto, Torrent); y dos en la provincia de Castellón (Castellón de la Plana y Vila-real).
Ante la novedad de la normativa, son muchas las dudas que pueden surgir estos días. Para tratar de dar respuesta a esas cuestiones, la Policía Local de Valencia ha editado una guía con la que expone las dudas que genera la nueva restricción.
Qué puede hacer un ciudadano que vive en Valencia pero trabaja el fin de semana fuera de la ciudad; puede o no puede volver a casa un estudiante que asiste a la universidad fuera de Valencia; o si es posible desplazarse a puntos próximos a la capital como El Saler, son algunas de las numerosas dudas planteadas.
P. ¿El confinamiento de Valencia los fines de semana y festivos afecta al desplazamiento a las pedanías del Perellonet y El Saler?
R. Al encontrarse dichas pedanías dentro del término municipal de Valencia pueden efectuarse dichos desplazamientos. No obstante, en caso de tratarse de segundas residencias, le recomendamos que no lo haga. Vale la pena no hacerlo ahora y poder llevarlo a cabo más adelante.
P. Vivo en un pueblo que no se va a encontrar confinado perimetralmente. Los fines de semana voy a visitar a mis padres que viven en un municipio de más de 50.000 habitantes. Mis padres ya son mayores y aprovecho para ir a hacerles la compra, asear la casa y otras tareas, ¿Podré seguir haciéndolo?
R. Sí. La atención y cuidado de personas mayores está exenta de esa limitación aunque no es necesario que vaya toda la familia a ver a los abuelos, limitándose a las personas estrictamente necesarias. La respuesta es válida también si ambos municipios tienen limitación de movilidad los fines de semana y festivos.
P. Vivo en Valencia y paso los fines de semana en una segunda residencia ubicada en una población de la Comunitat Valenciana que no se va a encontrar confinada, ¿Puedo seguir haciéndolo?
R. Si sale de la ciudad antes de las 15:00 horas del viernes y no retorna a la misma hasta pasadas las 06:00 horas del lunes puede hacerlo. Pero desde PLV le recomendamos que no lo haga. Es mejor quedarse en el domicilio habitual y limitar al máximo los desplazamientos.
P. Los fines de semana suelo realizar compras en un centro comercial ubicado en una población fuera del término municipal de Valencia, ¿Podré acudir a dicho centro?
R. No. La limitación de movilidad del Decreto 2/2021 establece el confinamiento perimetral de las ciudades de más de 50.000 habitantes desde las 15:00 horas del viernes hasta las 06:00 horas del lunes. Por tanto, no podrá realizar dichas compras en los centros comerciales ubicados fuera de Valencia. Deberá realizarlas en un centro comercial que se encuentre en dicho término municipal.
No obstante, le recomendamos que siempre que sea posible procure realizar sus compras fuera de días y horas en los que se produce mayor afluencia de público a las grandes superficies. Y ¿por qué no? también en el pequeño y mediano comercio de la zona donde usted vive.
P. Mi hija estudia en la Universidad de Castellón y vive durante la semana en la citada ciudad. Los viernes por la tarde acudo a por ella y nos trasladamos a nuestro domicilio en Valencia hasta el domingo que la vuelvo a llevar a Castellón, ¿Podré seguir haciéndolo mientras hayan clases?
R. Sí. El Decreto 15/2020 del Presidente de la Generalitat estableció una excepciones a las limitaciones de movilidad, entre otras:
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
La cuestión que usted plantea se podría encuadrar en estas excepciones si bien hay que tener en cuenta que no van a hacer uso del transporte público, con el que no habría ningún tipo de problema, sino que los trayectos se van a realizar con su coche. En este caso lo recomendable sería hacer dichos trayectos fuera de las horas con limitación de movilidad.
En caso de no ser posible o no se considere oportuno hacer uso del transporte público, le recomendamos portar documentación que justifique esos desplazamientos. Esa documentación sería certificado de padrón, justificante de matrícula y contrato de alquiler del piso donde vive su hija.
P. Junto con tres compañeros de universidad tenemos que hacer un trabajo para una asignatura. Los cuatro tenemos domicilios diferentes, ¿Podemos reunirnos para realizar dicho trabajo?
R. En principio consulten con su profesor y sigan las instrucciones que él les dé. El nuevo decreto establece excepción.
P. Soy de un pueblo de la provincia de Castellón y los días 30 y 31 reparten el aceite en la almazara del pueblo, ¿Puedo desplazarme al pueblo para recoger el aceite?
R. Lo que usted plantea podría considerarse una actividad laboral por lo que, en principio, podría desplazarse. Sin embargo, le recomendamos que contacte con las personas que gestionan la almazara y trasladen ese reparto a días entre semana.
P. Tengo un taxi y en ocasiones hay clientes que me piden que les lleve a un lugar fuera de la Comunitat Valenciana, y más comúnmente a poblaciones del área metropolitana, ¿Puedo llevar a cabo esas carreras?
R. Sí. La justificación para realizar dichos trayectos la deben de acreditar los usuarios si bien es recomendable que le faciliten una copia de dicho documento que acredite la salida del taxi para la vuelta del servicio.