¿Cómo comemos los valencianos? Sobran mitos y grasas
Varias personas disfrutan en la terraza de un restaurante en la playa de Valencia. / Rober Solsona (Europa Press)

La última semana de mayo ha comenzado con el 47% de la población española en la Fase 2. En el caso de la Comunitat Valenciana continúa una semana más de Fase 1, la segunda desde que todo el territorio avanzase a esta etapa de la desescalada (consulta el calendario de la desescalada).

Sin embargo, hablamos de una nueva Fase 1 en la que se han introducido algunos cambios desde su arranque. El BOE publicó este fin de semana algunas nuevas medidas que se suman a otras ya mencionadas como la posibilidad de trasladarse a una segunda residencia siempre que esté en la misma provincia.

A continuación recopilamos todas las medidas publicadas en una guía del Gobierno para evitar sanciones durante la que podría ser la última semana de la Comunitat en Fase 1.

RELACIONES PERSONALES

  1. Contacto social en grupos reducidos de no más de 10 personas. Estas no deberán tener patologías previas ni pertenecer al grupo de personas vulnerables. Dichas reuniones podrán tener lugar tanto en casa como fuera de ella. Sin embargo, siempre deberán producirse dentro de la provincia de residencia.
  2. Conducción con familia o compañeros de piso. Los vehículos privados podrán ser ocupados por personas que residan en el mismo domicilio. No habrá limitación de número más allá del marcado por el número de plazas de este. No obstante, en el caso de personas que residan en otros domicilios sólo se permitirá un ocupante por fila.
  3. Velatorios para un número limitado de familiares. Habrán protocolos de distancia física y seguridad. Podrán acudir 15 personas al aire libre o 10 si son espacios cerrado.
  4. Las franjas horarias para paseos de menores de 14 años y actividad física de adultos continúan vigentes en la Fase 1.
  5. Los menores de 14 años podrán salir acompañados de todos los adultos con los que convivan.
  6. Los paseos se podrán realizar en grupos de hasta 10 personas.

ACTIVIDADES COMERCIALES Y PRESTACIONES DE SERVICIO

  1. Apertura de terrazas. Se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias. Podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible respetando la proporción mesas/superficie del 50%.
  2. Reapertura de mercadillos. Estos deberán cumplir con condiciones de distanciamiento entre puestos y delimitación del mercado ambulante para correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Limitación inicial al 25% de los puestos habituales o aumento de superficie para asegurar el mantenimiento de distancia de seguridad.
  3. Los hoteles reabren sus puertas pero sin utilización de zonas comunes y con restricciones. Por ejemplo, en restauración, entre otras actividades, desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene.
  4. Apertura generalizada de los locales y establecimientos comerciales. Se permite la reapertura de locales y establecimientos minoristas con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrado. En el caso de superar este límite podrán abrir al acotar el espacio ajustándose al umbral indicado. Si son establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esa misma proporción. Aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales podrán reabrir con las mismas condiciones que el resto de establecimientos. Habrá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
  5. Concesionarios, estaciones de ITV, centros de jardinería y viveros de plantas pueden abrir al público con cita previa.

ACTIVIDADES CULTURALES

  1. Celebración de seminarios y congresos científicos o innovadores. Tendrán que respetar la distancia social de más de 2 metros y de menos de 30 asistentes. También habrá reapertura de laboratorios universitarios.
  2. Apertura de bibliotecas. Opciones de préstamo y lectura con limitación de aforo.
  3. Asistencia a actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares
    cerrados (con 1/3 de aforo).
  4. Apertura de museos. Solo visitas, no actividades culturales y con 1/3 del aforo. Habrá control de aglomeraciones en salas.
  5. Reactivación de la producción audiovisual y rodaje de cine y series. Sin embargo, parece que la grabación de escenas románticas con acercamientos deberán esperar.
  6. Apertura de lugares de culto con 1/3 del aforo.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

  1. Apertura de centros de alto rendimiento deportivo con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos. Entrenamiento medio en ligas profesionales.
  2. Instalaciones deportivas no profesionales al aire libre sin público. Solo para practicar deportes en los que no exista contacto como atletismo o tenis. También se permiten actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

MEDIDAS ESPECIALES APLICABLES A MUNICIPIOS PEQUEÑOS

En los municipios inferiores a 10.000 habitantes y una densidad de población de menos de 100 habitantes por kilómetro cuadrado, siempre que su casco urbano no colinda con el de otro municipio de ámbito inferior que no exceda de estos límites, se aplicarán las siguientes especialidades:

  1. No habrá franjas horarias para los paseos ya sea de menores o de adultos. Estos podrán realizarse a una distancia máxima de 5 kilómetros, incluyendo los municipios adyacentes siempre que estén en la misma unidad territorial.
  2. Se permite el contacto social en grupos de hasta 15 personas.
  3. Se puede autorizar la apertura de mercadillos con los requisitos de distanciamiento y condiciones de delimitación que establezcan los Ayuntamientos, con un límite de un tercio de los puestos habituales.
  4. Los establecimientos de hostelería, además de abrir las terrazas, también pueden permitir el consumo en el local con un 40% del aforo y sentados en mesa.
  5. Los velatorios pueden realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas.
  6. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo. Se mantendrá la distancia de seguridad de, al menos, un metro entre las personas. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.