Las cestas de Navidad tributan a Hacienda, esta es una duda habitual entre trabajadores y empresas. Desde la institución económica informan que este ‘regalo’ si se mantiene en el tiempo es gasto deducible a efectos del Impuesto sobre Sociedades.
Se consideran retribuciones en especie, un rendimiento más del trabajo pero en lugar de ser en dinero, es en forma de productos. Por tanto, los trabajadores deberán tributar por la cesta de Navidad.
Una sentencia del Tribunal Supremo de 2016 declaró que «el beneficio de la cesta de navidad no se puede suprimir de manera unilateral por el empresario». El coste de la cesta de Navidad debe aparecer en la nómina correspondiente con la retención practicada en el certificado de retenciones de cara a a la declaración de la Renta.
Si durante estas fechas te regalan por Navidad una cantidad muy elevada de dinero debes tener en cuenta que, a nivel de tributación, se considerará una donación. Por tanto, se debe tributar por el Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma en donde resida. Para ello bastará con presentar el Impuesto a los 30 días de realizada la donación.
Hacienda, sin embargo, no supervisa los pequeños regalos que supongan cantidades insignificantes de dinero o en especie. Sin embargo, si el regalo es considerado importante o una cantidad elevada de dinero podrá exigir que se pague por el Impuesto sobre Donaciones”.