Los ciudadanos que opten por votar por correo en las Elecciones Generales del próximo domingo 29 de noviembre de 2026 ya pueden iniciar los trámites para ejercer su derecho al voto. El plazo para solicitar el Certificado de inscripción en el Censo Electoral permanecerá abierto hasta el 19 de noviembre, inclusive.
La solicitud puede realizarse de forma telemática a través de la web de Correos o presencialmente en cualquiera de sus oficinas en España. La obtención del certificado es un requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.
Solicitud por internet
Los electores pueden tramitar la solicitud de voto por correo sin necesidad de desplazarse a una oficina postal. Para ello, deberán acceder a la web de Correos y acreditar su identidad mediante firma electrónica.
Entre los sistemas de identificación admitidos se encuentran los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Tramitación en las oficinas de Correos
La solicitud también puede realizarse presencialmente en cualquiera de las oficinas de Correos de España. En este caso, el trámite debe efectuarlo personalmente cada elector y será necesario presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales para acreditar la identidad.
En los supuestos de enfermedad o discapacidad que impidan al elector realizar personalmente la solicitud, esta podrá ser presentada en su nombre por otra persona, siempre que exista la correspondiente certificación médica oficial y autorización notarial o consular.
Cita previa para evitar esperas
Con el objetivo de agilizar la atención y reducir los tiempos de espera, Correos ofrece la posibilidad de solicitar cita previa para realizar el trámite en sus oficinas.
La cita puede gestionarse a través de la aplicación de Correos, su página web o la Oficina Virtual. El elector deberá seleccionar una oficina que disponga de este servicio y elegir posteriormente el día y la hora que más le convengan.

La documentación llegará a partir del 9 de noviembre
Una vez recibidas las solicitudes, Correos las entregará a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que serán las encargadas de enviar a los solicitantes la documentación necesaria para ejercer el voto por correo.
El envío de esta documentación comenzará a partir del 9 de noviembre.
Los electores deben tener en cuenta que la documentación se enviará a la dirección que hayan indicado en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. Esta posibilidad permite recibir la documentación en el lugar donde se encuentre el elector durante el periodo electoral.
El voto podrá depositarse hasta el 25 de noviembre
El plazo para depositar el voto por correo finalizará el 25 de noviembre de 2026, cuatro días antes de la celebración de las Elecciones Generales.
De este modo, quienes tengan previsto no encontrarse en su domicilio el próximo 29 de noviembre pueden iniciar ya el procedimiento para ejercer su derecho al voto por correspondencia.















