El municipio valenciano de Benigànim vuelve al confinamiento durante 14 días. Así lo ha dictado una resolución de la Conselleria de Sanitat ante la crisis sanitaria que vive la localidad.
Según el comunicado, la situación epidemiológica en Benigànim evidencia un aumento de la propagación del virus. Allí se ha producido un incremento exponencial en la incidencia de esta enfermedad, muy superior al esperado. Se ha pasado de una incidencia acumulada de 34,24 por 100.000 habitantes el 16 de agosto, a una incidencia de 994,46 en los últimos 7 días. Además, se ha producido la pérdida de trazabilidad de los casos.
La consellera Ana Barceló ha señalado que «el incremento de casos evidencia una importante propagación del virus». Por ello ha asegurado que es necesario «adoptar medidas temporales, con el objetivo de frenar y paliar el riesgo de contagio».
«Ha sido una decisión difícil, pero necesaria», ha declarado Barceló. La consellera ha agradecido la colaboración prestada por la alcaldesa del municipio. Además, ha pedido la máxima colaboración ciudadana para recuperar, lo antes posible, el control de la situación.
Movilidad restringida
Las limitaciones entran en vigor esta misma tarde y comportan el confinamiento del municipio. Esto supone restringir la entrada y salida de personas salvo en varios supuestos: ir al médico, ir a trabajar, regresar al lugar de residencia habitual, cuidar de personas mayores, menores o dependientes, fuerza mayor o cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de Benigànim estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.
Cierre de espacios públicos y suspensión de eventos
Se suspende así mismo la actividad educativa y formativa presencial en todos los centros y niveles, incluidas las escuelas infantiles.
Además, durante los próximos 14 días, se acuerda el cierre de centros sociales, casinos, clubes y establecimientos de análoga naturaleza; centros de día para personas mayores y otros colectivos de carácter social; bares, restaurantes y otros establecimientos de ocio del municipio, salvo que en los mismos se preste el servicio de comidas para llevar o a domicilio; gimnasios y centros deportivos de todo tipo, así como parques y jardines.
Las medidas excepcionales contemplan también la supresión de espectáculos deportivos con público; las bodas, bautizos, comuniones o cualquier otro evento social con personas invitadas; la asistencia a lugares de culto excepto si carecen de público o se trata de funerales.
En este último caso, los velatorios tienen una limitación de 15 personas si son al aire libre, y de 10 en espacios cerrados, se trate o no de personas convivientes. La participación en la comitiva para el entierro o cremación se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, el ministro de culto.