coronavirus
Personas con mascarilla en España por el brote de coronavirus. / EUROPA PRESS: DAVID ZORRAKINO

El coronavirus está también afectando al gobierno central que en las últimas horas ha sufrido otra crisis de competencias. En este caso ha sido entre el ministro de Sanidad y el Ministerio de trabajo. Todo a raíz de la publicación por parte de Trabajo de una guía para empresas y trabajadores donde se incluían recomendaciones para actuar ante posibles casos de coronavirus en el entorno laboral.

Esta misma mañana Moncloa ha indicado que todas las medidas relacionadas con el control del contagio del coronavirus deben de estar coordinadas por el Ministerio de Sanidad. lo que ha venido a considerarse una desacreditación de las normas publicadas sólo unas horas antes por el Ministro de Trabajo, recordemos que este pertenece a Podemos y el de Sanidad es dirigido por los socialistas.

El Ejecutivo ha indicado en un comunicado que se «sigue las indicaciones concretas» del departamento de Sanidad y que «se basan en un seguimiento constante de la situación, transparencia informativa y toma de decisiones de acuerdo a la evidencia científica».

La patronal considera que las normas generan alarma

A través de un comunicado desde CEOE y CEPYME han criticado duramente el documento emitido por trabajo ya que consideran que «genera alerta y confusión al no corresponder con la valoración del riesgo realizada por el Ministerio de Sanidad».

También han criticado que la guía se haya elaborado sin la intervención de empresas y sindicatos frente a la solicitud previa al respecto, indican.

¿Qué indica la guía sobre el coronavirus?

Uno de los puntos más controvertidos de la guía elaborada por el Ministerio de Trabajo es el relativo a la suspensión de la actividad empresarial. Según se recoge en el documento «las empresas deberán proceder a paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo de contagio por coronavirus en el centro de trabajo«.

La guía también indica que si los trabajadores lo deciden por mayoría se podría suspender la actividad de la empresa. Así lo recoge el texto: «por decisión mayoritaria, la representación unitaria o las delegadas y delegados de prevención, podrán acordar la paralización de la actividad de las personas trabajadoras afectadas por el riesgo de contagio grave e inminente por coronavirus».

Así se propone, como medida alternativa, el teletrabajo. Según leemos en el documento, «el teletrabajo podría adoptarse por acuerdo colectivo o individual, con un carácter excepcional, para el desarrollo de tareas imprescindibles que no puedan desarrollarse en el centro físico habitual».