Condenan a 22 años de prisión al asesino de Conde Altea
Alberto, el asesino de la calle Conde Altea en el juicio

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 22 años y medio de prisión impuesta a Alberto L. por asesinar a su novia Cristina B. M. con ensañamiento, concurriendo además la agravante de género, en la vivienda de él en Valencia, concretamente en la calle Conde Altea, en diciembre de 2021.

Según los hechos probados de la sentencia, el hombre golpeó con una piedra a la joven en la cabeza y la cara mientras estaba dormida en la cama, posteriormente la acuchilló «de forma despiadada, cruel e inhumana», y por último la asfixió con el cinturón de su batín.

El Supremo desestima íntegramente el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que confirmó a su vez la dictada por un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valencia, que fijó también una indemnización total de 100.000 euros para dos familiares de la víctima. El acusado reclamaba que se apreciase la eximente incompleta de trastorno mental transitorio o, alternativamente, la circunstancia atenuante de obcecación.

El alto tribunal contesta que el hecho probado no ofrece sustrato fáctico alguno para apoyar esa atenuación: «Antes al contrario, describe la frialdad con la que dio muerte a (la víctima). Primero, propinándole fuertes golpes en la cabeza y en la cara mientras la víctima estaba dormida; después, acuchillándola con varios cuchillos y unas tijeras y, por último, valiéndose del cinturón de un batín, asfixiándola por compresión cervical», señala el tribunal, que subraya que esa mecánica homicida es totalmente ajena a una obcecación o arrebato.

AGRAVANTE DE GÉNERO

Respecto a la aplicación de la agravante de ensañamiento, el tribunal señala que «no son precisos grandes esfuerzos argumentales para justificar que la mecánica comisiva descrita en el relato de hechos probados y explicada en términos científicos en el dictamen pericial sobre la autopsia practicada a la víctima colma con creces el fundamento agravatorio de la circunstancia de ensañamiento».

Por último, en relación al agravante de género, el Supremo subraya «la reiterada contumacia del acusado, que insistía en estar permanentemente con (la víctima), que en su afán de controlarla manifestó su intención de trabajar en su misma oficina, que controlaba el teléfono de la víctima y, sobre todo, que decidió en la noche de autos «…que si (la víctima) no quería estar con él, debía morir». Para el tribunal, son razones que permiten sostener el apoyo fáctico para la aplicación de la agravante.

«LA VÍCTIMA FUE CONSCIENTE DE QUE LA ESTABAN MATANDO»

Los hechos se remontan al diciembre de 2021. Cristina se encontraba dormitando en el dormitorio principal de la casa de Alberto bajo los efectos de un tranquilizante, medicación que tomaba desde el fallecimiento de su padre. Sobre las 03:00 horas, él cogió una piedra grande que tenía en la casa, regresó al cuarto y la golpeó con fuerza en la cabeza y en la cara.

Según los informes de la autopsia, Cristina sobrevivió a los golpes. «Fue un ataque que no duró segundos y la víctima fue consciente de que la estaban matando. Sobrevivió sin ningún género de dudas a la pedrada en la cabeza que recibió mientras dormía, y es entonces cuando se pone a la defensiva porque pone los brazos y la mano donde recibe cuchilladas», relataron los investigadores.

Posteriormente, Alberto abandonó el dormitorio para dirigirse a la cocina donde cogió tres cuchillos, uno de ellos de 20 centímetros, y unas tijeras. Al regresar a la habitación continuó con el ensañamiento y empezó a acuchillarla clavando 15 centímetros de un arma en la cabeza aunque esto tampoco la mató. Finalmente, cogió el cinturón de un batín que había colgado detrás de la puerta de la habitación y estranguló a la joven. Los agentes resaltaron que «la víctima no tuvo posibilidad de escapar».

Tal y como ha revelado la autopsia, Cristina falleció a causa de las hemorragias y por la asfixia provocada por el cinturón. Alberto, por su parte, no dio positivo en alcohol ni drogas cuando cometió el asesinato.