El Bono Comercio, impulsado por el Ayuntamiento para promover la actividad comercial, se podrá utilizar en todos aquellos establecimientos que se adhieran a esta campaña municipal antes del 30 de septiembre.
De momento, según las inscripciones registradas, la ciudadanía podrá cambiar este bono en unos 1.200 comercios que se han adherido, más de 250 puntos de venta de los mercados municipales. Así, se podrá usar en los mercados de Algirós, Benicalap, Cabanyal, Castilla, Central, Colón, Jesús, Rojas Clemente, Russafa y Torrefiel.
Así lo ha avanzado el concejal de Comercio y Mercados, Santiago Ballester, al dar cuenta del seguimiento de esta iniciativa que empezó con el sorteo de los citados bonos. Ha celebrado el ”éxito” de la campaña y ha explicado que los más de 27.000 Bonos Comercio (27.482) concedidos han empezado a recogerse en las sucursales de Caja Popular según la fecha que del correo electrónico enviado a cada uno de los agraciados por el sorteo.
El plazo para la adquisición de estos bonos y su utilización para la compra en los comercios participantes permanecerá abierto hasta el 31 de octubre de 2024. Cada bono, adquirirlo por 50 euros, tendrá un valor de 100 euros, dado que el Ayuntamiento aporta 50 euros por cada tarjeta y un total de 1.600.000 euros para la realización de la campaña.
Tal y como establecen las bases, se ha reservado un contingente de 400 bonos para su adquisición por personas mayores de 65 años, quienes pueden acudir físicamente, hasta fin de existencias, hasta el 30 de septiembre de 2024 a las dependencias de Cámara València (calle del Poeta Querol, 15). En este caso, tienen que aportar una fotocopia de su DNI y la compra del bono no podrá ser realizada por una tercera persona.
LOCALES Y COMERCIOS PARTICIPANTES
Los establecimientos comerciales que pueden adherirse son locales de comercio al por menor de productos alimentarios realizado en establecimientos permanentes (salvo comercio de tabaco y artículos de fumador) y comercios al por menor de productos industriales no alimentarios realizado en establecimientos permanentes (salvo comercio de combustibles, carburantes y lubricantes, y farmacias).
También servicios personales (salvo máquinas automáticas, fotografías y fotocopiadoras); comercios al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente, como mercadillos y mercados ocasionales o periódicos; y personas físicas o jurídicas titulares de concesiones administrativas en los mercados municipales de distrito de Valencia, independientemente de la actividad que realicen.