Arranca el plazo para pedir el cheque de 200 euros: requisitos, plazos y cómo solicitarlo
Oficina de la Agencia Tributaria. / EFE

A partir de este miércoles, 15 de febrero, comienza el plazo para solicitar el cheque de 200 euros aprobado por el Gobierno el pasado diciembre para ayudar a los más afectados por la crisis de los precios y la subida de la energía. La ayuda está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales sean inferiores a los 27.000 euros.

¿QUÉ ES EL CHEQUE DE 200 EUROS?

Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros. Está dirigida a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA AYUDA?

Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, en el 2022:

  • Tengan residencia habitual en España.
  • Hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  • No superen 27.000 euros íntegros de rentas, es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones. Tampoco pueden tener un patrimonio de más de 75.000 euros, descontando la vivienda habitual.
¿QUÉ PLAZO HAY PARA SOLICITAR EL CHEQUE?

Esta ayuda puede solicitarse desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

¿CÓMO PUEDEN SOLICITARSE LOS 200 EUROS?

La ayuda se solicita a través del formulario electrónico. Está disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social.

Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.

¿SE DEBE APORTAR ALGUNA DOCUMENTACIÓN AL SOLICITAR EL CHEQUE?

No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos.

No obstante, deberá aportar documentación justificativa si marca la casilla «No presto mi consentimiento para la consulta de los Registros de parejas de hecho». La documentación justificativa de dicha circunstancia se aportará a través del apartado «Aportar documentación complementaria» consignando el CSV del justificante de la solicitud presentada.

¿CÓMO SE COBRAN LOS 200 EUROS?

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por ello, es necesario indicar una cuenta bancaria del solicitante para poder recibir el pago. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.

¿EN QUÉ PLAZO SE RECIBIRÁ EL CHEQUE?

El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses. Estos se cuentan a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio.