Sanidad prohibirá fumar en terrazas, universidades y paradas de autobús
La Ley del Tabaco prohibirá fumar en terrazas de hostelería, entre otros espacios. / EFE

El Gobierno de España ha dado luz verde al Anteproyecto de la nueva Ley Antitabaco, una normativa que refuerza las restricciones al consumo de tabaco y productos relacionados. El texto propuesto por el Ministerio de Sanidad, aprobado este lunes en primera lectura por el Consejo de Ministros, supone un endurecimiento del marco legal vigente desde 2005 y busca reducir la prevalencia del tabaquismo, especialmente entre los más jóvenes.

Con esta reforma, no solo se amplían los espacios sin humo, sino que también se introduce por primera vez la prohibición expresa del consumo por parte de menores de edad, una medida pionera que incluye sanciones económicas para los progenitores de quienes incumplan la norma.

La ministra de Sanidad recordó que España ya fue pionera con la prohibición de fumar en bares y restaurantes en 2010, una medida que generó polémica pero acabó consolidándose. Ahora, el reto es adaptarse a la proliferación de nuevos dispositivos y reducir las cifras de tabaquismo, que en el país causan 50.000 muertes anuales y están vinculados a un 30% de los casos de cáncer.

El anteproyecto se enmarca dentro del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y está alineado con el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, que pretende rebajar la prevalencia de fumadores en la UE a menos del 5% para 2040.

Qué productos regula la nueva ley

Por primera vez, se equiparan legalmente el tabaco convencional y los nuevos productos de consumo inhalado:

  • Cigarrillos electrónicos, con y sin nicotina, incluidos sus componentes.

  • Bolsitas de nicotina oral, tanto natural como sintética.

  • Shishas y productos de hierbas para fumar o vaporizar.

  • Dispositivos de tabaco calentado.

Esto implica que todos ellos estarán sujetos a las mismas restricciones que el tabaco tradicional en cuanto a consumo, publicidad y venta.

Prohibición a menores: responsabilidad para padres y tutores

Hasta ahora, la ley únicamente vetaba la venta de tabaco a menores de 18 años, pero no contemplaba sanciones si estos fumaban. El nuevo texto cambia por completo este escenario:

  • Se prohíbe de forma explícita que los menores consuman tabaco, vapeadores, shishas o cualquier producto relacionado.

  • En caso de incumplimiento, serán los padres o tutores legales quienes deban asumir la multa, que puede alcanzar los 100 euros en faltas leves.

  • El rango de sanciones leves oscila entre 100 y 600 euros si se detecta reiteración.

El Ministerio de Sanidad, liderado por Mónica García, defiende esta medida como una herramienta para reforzar la protección de la infancia y la adolescencia, con el objetivo de frenar el inicio precoz del hábito tabáquico.

Espacios libres de humo: terrazas, conciertos y entornos educativos

Uno de los aspectos más llamativos del anteproyecto es la ampliación de los espacios donde estará prohibido fumar o vapear. Además de los interiores cerrados ya regulados, la norma contempla:

  • Terrazas de bares y restaurantes.

  • Recintos deportivos y culturales.

  • Conciertos y espectáculos al aire libre.

  • Parques infantiles y zonas de juego.

  • Estaciones, andenes, marquesinas y paradas de transporte público.

  • Vehículos comerciales y de transporte con conductor.

  • Perímetro de 15 metros alrededor de colegios, universidades, hospitales y centros sociales.

Esta medida responde tanto a la evidencia científica como a la demanda social, ya que busca garantizar el derecho de la población no fumadora a respirar aire limpio y normalizar espacios libres de humo.

Fin de los cigarrillos electrónicos de un solo uso

La nueva ley también pone el foco en los cigarrillos electrónicos desechables, que se han popularizado entre adolescentes por su bajo precio, sus envoltorios llamativos y sabores dulces como fresa o vainilla. El Ministerio argumenta que estos dispositivos generan un grave impacto ambiental y actúan como puerta de entrada al consumo de nicotina en edades tempranas.

  • Se prohíbe su venta y suministro en todo el territorio nacional.

  • Se establece un plazo transitorio de 12 meses para que fabricantes y comercios adapten sus productos y liquiden existencias.

Publicidad y patrocinio: restricciones más severas

Otro pilar central del anteproyecto es la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco y derivados.

  • La restricción se aplica tanto a medios tradicionales como al entorno digital y redes sociales.

  • Queda prohibido el uso de logos o marcas en bares, discotecas, terrazas o mobiliario urbano.

  • Se veta el patrocinio de eventos culturales, deportivos o musicales.

Las sanciones por incumplir estas normas pueden llegar a ser muy elevadas, con multas de hasta 600.000 euros en casos de infracciones muy graves.

Sanciones económicas: leves, graves y muy graves

El nuevo régimen sancionador se adapta a las medidas introducidas:

  • Infracciones leves: fumar en un espacio prohibido o el consumo por parte de un menor. Multa de 100 euros (600€ en casos de reincidencia).

  • Infracciones graves: permitir de forma sistemática fumar en zonas protegidas o incumplir la normativa en lugares de especial protección. Multas entre 601 y 10.000 euros.

  • Infracciones muy graves: publicidad encubierta, promoción en eventos o patrocinios. Multas de 10.001 a 600.000 euros.