La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha convocado las ayudas al alquiler de viviendas para 2025 con una dotación de 16,5 millones de euros, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. De ese total, 5,3 millones proceden de fondos propios de la Generalitat Valenciana, que se reserva la posibilidad de ampliarlos como ya ocurrió en 2024, cuando el presupuesto ascendió a 19,9 millones de euros y permitió conceder la ayuda a todos los solicitantes que cumplían los requisitos.
El programa busca garantizar el derecho a una vivienda digna frente a un mercado de alquiler en constante aumento y aliviar la carga económica de familias con bajos ingresos y colectivos especialmente vulnerables, como víctimas de violencia de género, desahucios, personas con discapacidad o jóvenes extutelados.
¿Cómo solicitar las ayudas al alquiler?
La convocatoria ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y establece un plazo de 15 días hábiles para presentar las solicitudes, a contar desde el 22 de julio hasta el 11 de agosto de 2025, ambos incluidos. La tramitación debe realizarse a través del portal GVA.ES, cumpliendo todos los requisitos administrativos.
Para acceder a las ayudas al alquiler de 2025, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos administrativos que garantizan la correcta tramitación de la solicitud. En primer lugar, todas las personas que figuran en el contrato de arrendamiento y residen en la vivienda deben estar empadronadas en el domicilio antes de presentar la solicitud. Además, es importante comprobar que no siga empadronado ningún inquilino anterior, ya que esto podría invalidar la solicitud.

También se debe presentar el contrato de alquiler completo, correctamente escaneado y firmado en todas sus hojas. No se aceptan fotografías ni capturas, por lo que es necesario digitalizar el documento con calidad y legibilidad.
En cuanto a los pagos del alquiler, deben haberse realizado por transferencia bancaria o a través de una entidad financiera. No se admiten pagos en efectivo, y en caso de que el abono se haya hecho a una cuenta distinta a la del propietario, se debe aportar un justificante bancario que acredite que el arrendador ha recibido el dinero.
Otro requisito esencial es haber dado de alta o actualizado la cuenta bancaria mediante el sistema PROPER a través del portal de la Generalitat (GVA.ES). En caso contrario, no podrá abonarse la ayuda, y si se cambia o cancela la cuenta, es necesario informar de inmediato al Servicio Territorial de Vivienda.
Novedades de la convocatoria 2025
Entre los cambios más relevantes de este año, destaca la priorización de los municipios afectados por la DANA, donde se ha incrementado hasta 800 euros el límite de renta para acceder a las ayudas. Además, los residentes en estas zonas tendrán mayor puntuación en el baremo.
También se ha mejorado el sistema de Inteligencia Artificial que procesa los contratos de alquiler y los justificantes de pago, lo que permitirá agilizar la tramitación de expedientes y el pago de las ayudas.
Bono Alquiler Joven: 29,8 millones para 2025
En paralelo a las ayudas generales, la Generalitat ha publicado la lista provisional de beneficiarios del Bono Alquiler Joven, con una dotación prevista de 29,8 millones de euros, de los cuales 7 millones son de fondos propios. Esta medida busca facilitar el acceso a una vivienda a los jóvenes valencianos y subsanar la falta de cobertura en años anteriores, cuando más de 16.700 jóvenes quedaron sin ayuda por la ausencia de fondos del anterior gobierno.
Los beneficiarios disponen ahora de un plazo para subsanar documentación pendiente y justificar que cumplen con los requisitos establecidos.
“Un salvavidas para muchas familias”
El secretario autonómico de Vivienda, Sebastián Fernández, ha calificado estas ayudas como “un salvavidas frente a las dificultades para acceder al alquiler de una vivienda para muchas familias”. Además, ha subrayado que con este programa “la Generalitat refuerza su compromiso para garantizar el derecho a una vivienda digna, priorizando a los colectivos más afectados por la crisis habitacional”.















