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Un grupo de pasajeros embarcan en un vuelo de Ryanair desde el aeropuerto de Manises.

Las cuatro aerolíneas ‘low cost’ más famosas de España tendrán que hacer frente a una sanción histórica. El Ministerio de Consumo ha multado con 150 millones de euros a Ryanair, Easyjet, Vueling y Volotea por practicas abusivas como los cobros de las maletas de mano, entre otras.

Las cuatro aerolíneas deberán pagar la sanción más alta de la historia de las ‘low cost’ aunque su respuesta no ha tardado en llegar. La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha emitido un comunicado en el que rechaza la multa. Según apuntan, esta va contra la normativa europea de libertad de fijación de precios y «supone una injerencia en la fijación tarifaria». No obstante, las aerolíneas podrán recurrir, primero ante el ministro en casación y después ante la Audiencia Nacional.

En concreto la multa viene motivada por cuatro infracciones clave: el pago por la reserva del asiento contiguo para acompañar a menores de edad o dependientes; exigir un sobrecoste por el equipaje de mano en cabina; opacidad en la información precontractual sobre el precio final del servicio y la prohibición del pago en metálico tanto en el aeropuerto como en el avión. Además, en el caso de Ryanair se suma una quinta infracción por el cobro de un suplemento de 20 euros por reimpresión de la tarjeta de embarque.

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) han celebrado la histórica sanción y explican que la multa supone además la imposibilidad de continuar realizando estas prácticas. A su vez, este paso pone fin al expediente abierto en junio de 2023 para investigar si las prácticas de las mencionadas compañías son abusivas o desleales y si contravienen la normativa de consumo.

¿SE DEJA DE PAGAR POR LA MALETA DE CABINA?

La OCU indicaba en su denuncia, en relación con el equipaje de mano, que debe ser considerado como un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y, por tanto, no puede ser objeto de un suplemento en el precio del billete de avión.

En la resolución, el Ministerio deja claro que, en base a la legislación vigente y jurisprudencia que la interpreta, las compañías aéreas tienen derecho a determinar las medidas y pesos del equipaje de mano que puede llevarse a bordo, pero no por ello pueden cobrar ningún importe extra por ese equipaje.

Por tanto, las cuatro aerolíneas sancionadas deberían dejar de cobrar por el transporte del equipaje de mano para evitar nuevas multas. Sin embargo, desde ALA han recordado que pese a la sanción, los expedientes siguen abiertos y podría haber un recurso.

Según alegan, el cobro por el equipaje de mano es una práctica «totalmente legal» y para ello se amparan en la legislación europea. Apuntan a que está reconocida «la libertad de las compañías aéreas para fijar sus tarifas» y es una iniciativa «en la que todas las aerolíneas ya estamos colaborando y donde se especifica claramente que las tarifas con diferentes servicios adicionales desarrolladas los últimos años han implicado ventajas y más oferta para los pasajeros».

¿Qué hacer si se me exige el cobro por mi equipaje de mano?

Si el cobro por el equipaje de mano es ilegal pero tengo que comprar un billete donde se me exige el pago por ello, ¿qué hago? Desde la Organización de Consumidores y Usuarios recomiendan aceptar ese sobrecoste en el proceso de compra.

Posteriormente el pasajero debería reclamar ese cobro a la aerolínea. No se requiere que dicho paso sea inmediato pues las cláusulas abusivas no tienen plazo de caducidad. En caso de no obtener respuesta, se puede recurrir a la Agencia Española de Seguridad Aérea. Además, como otra vía, es recomendable reclamar ante los juzgados de lo mercantil.