El Pleno del Consell ha aprobado el Anteproyecto de Ley por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y restantes tributos, por lo que se refiere al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
De este modo, se aprueba una bonificación del 99% de la cuota tributaria en las adquisiciones mortis causa y percepciones de cantidades obtenidas por los beneficiarios de seguros de vida que se añadan al caudal hereditario efectuadas por parientes descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
Además, se introduce un beneficio similar para las adquisiciones por donación u otros actos lucrativos inter vivos celebradas en favor del cónyuge, padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante, nietos y abuelos con la finalidad de simplificar la actual regulación de las reducciones asociadas al parentesco e incorporando como beneficiarios a los cónyuges del donante.
Asimismo, gozarán de la misma bonificación las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65% o por personas con discapacidad psíquica con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Esta medida beneficiará a los hechos imponibles producidos desde el 28 de mayo de 2023, y al tratarse de una norma favorable para la mayoría de los contribuyentes, no infringe los principios constitucionales de irretroactividad o seguridad jurídica. No obstante, hace recomendable proceder a la tramitación urgente de este anteproyecto de ley para permitir a las personas contribuyentes disfrutar lo antes posible del beneficio fiscal sin que ello genere un aumento en los costes de gestión del impuesto.