Fin a la era de las llamadas comerciales, el ‘spam’ telefónico estará prohibido

Una noticia largamente esperada será una realidad en cuestión de días. Millones de consumidores dejarán de ser víctimas de las insistentes y agresivas estrategias comerciales a las que distintos operadores de telecomunicaciones sometían a través de las llamadas telefónicas.

La actual Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones entró en vigor el pasado 1 de julio de 2022. Esta establecía un plazo de un año desde su publicación para hacer valer un derecho largamente demandado por el conjunto de consumidores de nuestro país. Por ello, desde el 29 de junio, los operadores de telecomunicaciones no podrán realizar llamadas con fines comerciales.

El aumento de quejas derivadas de estas prácticas, sumado al aumento de ciudadanos que habían gestionado su inclusión en servicios de exclusión de envíos comerciales como la lista Robinson, evidenciaban la magnitud de un problema sobre el que desde el próximo mes podrán intervenir las autoridades competentes en materia de telecomunicaciones y especialmente la Agencia de Protección de Datos.

¿QUÉ PASARÁ SI SE RECIBE UNA LLAMADA COMERCIAL?

La normativa establece que para que un operador pueda realizar llamadas comerciales debe contar con el consentimiento previo del destinatario. Si no es así, deberá demostrar que posee un interés legítimo de conformidad con la normativa de protección de datos.

A partir de la entrada en vigor de esta norma, será fundamental que los usuarios estén atentos a las peticiones de consentimiento que puedan solicitarles los operadores de telecomunicaciones, tanto telefónicamente como a través de canales digitales.

Si a pesar de no contar con dicho consentimiento o interés el consumidor recibe llamadas de esta naturaleza podrá proceder a la correspondiente denuncia. Para ello, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana recomienda tomar nota del día y hora de la llamada, así como cualquier otra información que pueda ser útil para la posterior reclamación.