La Dirección General de Tráfico avisa que pueden imponer multas de 200 euros por conducir con un abrigo muy voluminoso. Ahora que se acerca el invierno y el frío, la DGT informa de las sanciones por malos hábitos. Así que si tenemos frío es mejor poner la calefacción que llevar un buen abrigo. Argumentan que las prendas muy abrigadas resultan molestas porque suelen ser más aparatosas y reducir la movilidad. Además de incómodas suponen un peligro a la hora de conducir.
Pasa lo mismo con las chanclas en verano o los zapatos con mucho tacón. Los expertos subrayan que son un riesgo para la conducción porque dificultan los movimientos del conductor. Desde la DGT informan que la posibilidad de sanción por ponerse al volante llevando alguno de estos dos últimos accesorios sí que es conocida por la mayoría de conductores, mientras que muchos ignoran el riesgo al que se exponen al conducir con abrigos. Tampoco es recomendable conducir con guantes a pesar del frío, nos reducen la capacidad de movimiento y ralentizan las reacciones al volante.
Los juristas defienden que no hay un apartado específico en el código de circulación que regule las multas por llevar prendas de abrigo conduciendo. Pero avisan que sí establece que el conductor debe vestir «ropa que le permita libertad de movimientos y garantice su seguridad». Quedará a voluntad de los agentes de Tráfico la posibilidad de imponer una sanción o no si consideran que la conducción en esas condiciones puede suponer un riesgo en la calzada.