Orinar en las calles de Valencia se sancionará con multas hasta 3.000 euros
Un hombre orina frente a un edificio histórico de Valencia en Fallas. / VLCSHOPPING

La Junta de Gobierno Local ha iniciado los trámites para modificar la actual Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana. El objetivo del Ayuntamiento de Valencia es garantizar de manera más eficaz la protección del patrimonio histórico-artístico. Para ello, el texto aprobado ordena y califica las conductas incívicas en función de la gravedad y establece un régimen sancionador de las infracciones.

El portavoz del gobierno municipal, Juan Carlos Caballero, ha explicado que la iniciativa se asienta sobre los principios de seguridad jurídica e interés público. En palabras del concejal, la finalidad «es adecuar la norma al contexto actual en materia de limpieza, ornato, salud y salubridad pública y protección del patrimonio histórico-artístico».

Para ello, la modificación incluye de forma más precisa y concisa el régimen de infracciones ante comportamientos incívicos que ya se recogen en la ordenanza en vigor. Hay que tener en cuenta que la actual ordenanza no recogía de forma explícita el régimen sancionador de las infracciones en función de su gravedad, y únicamente remite, de manera genérica, a la legislación en vigor.

Por ello, la Junta de Gobierno ha aprobado esta modificación del Título VII de la ordenanza. Esta prevé multas por importes que oscilarán desde los 750 euros para las faltas leves hasta 3.000 euros para las muy graves, con una graduación en función de su trascendencia en la salud, salubridad, seguridad de las personas y el medio ambiente. También se detallan los casos de afecciones a bienes que gocen de protección patrimonial, así como a circunstancias del infractor responsable, grado de intencionalidad, participación y reincidencia.

Sanciones por orinar en la calle, hacer pintadas o abandonar muebles en Valencia

Como ejemplo de infracciones que se verán agravadas tras la modificación aprobada, el nuevo texto recoge la realización de obras o el almacenamiento de material de construcción que ocasione suciedad en los espacios públicos, así como la realización de necesidades fisiológicas en vías o espacios públicos.

También se agravan el abandono de muebles y de grandes electrodomésticos y enseres en los espacios y entornos de contenedores destinados a los residuos domésticos, así como en contenedores o sacos de obra o junto a estos. Y, de la misma manera, se sancionan la realización de pintadas en edificios, inmuebles y monumentos que estén patrimonialmente protegidos en el catálogo municipal.

Otras conductas que se especifican como sancionables son: no limpiar los orines de animales y con agua que no contenga productos contaminantes, tóxicos o corrosivos, o verter residuos de forma descontrolada en los lugares no destinados para ello, promoviendo la aparición o crecimiento de vertederos y escombreras ilegales.

La vigente Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana de Valencia fue aprobada por acuerdo plenario el 30 de enero de 2009, y publicada en el BOP el 14 de mayo del mismo año, «por lo que consideramos que tras 16 años de vigencia desde su entrada en vigor ha llegado el momento de adecuar el texto de la misma, en particular el Título VII, denominado bajo el epígrafe Régimen Sancionador», ha explicado el portavoz municipal.