La Junta Central Fallera incrementa el presupuesto de las Fallas
Numerosos visitantes contemplan y fotografían la falla municipal de 2024.

La Junta Central Fallera (JCF) tiene previsto aprobar este martes “el mayor presupuesto de la historia” según ha adelantado el propio presidente del organismo autónomo municipal, Santiago Ballester. La JCF dispondrá para el próximo 2025 de un total de 3,7 millones de euros, lo que supone un incremento aproximado del 10% respecto a las cuentas del ejercicio anterior, según se desprende del proyecto de presupuestos que deberá ratificar este martes el Consell Rector de la Junta Central Fallera.

A juicio del concejal delegado de Fallas, Santiago Ballester, «la apuesta decidida del Ayuntamiento de València, a través del gobierno de María José Catalá, por la fiesta de mayor impacto económico de España, ha posibilitado ese incremento de 412.080,73 euros en la aportación municipal a la fiesta».

El Consell Rector de la Junta Central Fallera, compuesto por representantes de los cuatro grupos políticos que conforman la corporación, aprobará en el mismo acuerdo las bases de ejecución del presupuesto para 2025, además de la plantilla y la relación de puestos de trabajo para el año que viene.

AUMENTO DEL GASTO EN PREMIOS 

Respecto al capítulo de gastos, Ballester ha destacado el aumento de 65.000 euros para todos los premios y galardones que otorga la Junta Central Fallera, especialmente los destinados a las fallas.

Al mismo tiempo, se ha previsto un incremento de 65.000 euros en la inversión en aplicaciones informáticas, «con el objetivo de mejorar y profesionalizar el sistema informático de la casa grande de las Fallas», ha declarado Ballester.

Por último, la partida de personal se aumenta en casi 40.000 euros para dotar presupuestariamente la incorporación de personal economista en la gestión diaria del organismo autónomo municipal.

Una vez dado el visto bueno al presupuesto de 2025 por la Junta Central Fallera, será el Pleno del Ayuntamiento de València el que lo apruebe definitivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.