La Audiencia de Alicante no ve delito en seguir y decirle «guarra» y «zorra» a una mujer. El tribunal anula una sentencia que condenaba a tres menores de a seis meses de trabajos socioeducativos por actuar de este modo con una mujer. Los tres jóvenes de San Vicente del Raspeig fueron condenados a realizar «una tarea socioeducativa» durante 6 meses.
Los hechos ocurrieron en junio de 2019 en la calle Pi y Margall de San Vicente del Raspeig. Los tres menores comenzaron a proferir expresiones como «guarra, zorra, chúpamela, puta».
El fallo añade que se creó el temor en la mujer al no haber más viandantes en la zona y le obligó a acelerar el paso «asustada». Al final aprovechó la aparición de una pareja de personas mayores para detenerse y dejar que pasaran los adolescentes con el fin de evitar que continuasen siguiéndola.
El tribunal les consideró autores de un delito leve de coacciones por el temor creado en la mujer. Ahora, la Audiencia acuerda la absolución de los tres menores. Consideran que no se cumplen los requisitos del delito de coacciones. Sólo cabría la existencia de unas posibles vejaciones injustas de carácter leve. Sin embargo, el Código Penal sólo castiga estas conductas en casos de violencia de género y doméstica, de ahí que la Audiencia revoque la condena y acuerde la absolución de los tres menores.