La Consejería de Vivienda ha convocado las ayudas al alquiler, la rehabilitación de viviendas, la rehabilitación de edificio ya la mejora de la eficiencia energética, según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Estas ayudas se podrán solicitar desde este martes, 10 de julio, hasta el 6 de agosto, menos las ayudas para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, el plazo de la que termina el 31 de julio. 

De estos fondos del Ministerio de Fomento, que ascienden a 14.950.000 euros, se destinará para el Programa de Alquiler de Vivienda, 10.465.000.00 euros, y para el Alquiler para jóvenes 4.485.000,00 euros. Asimismo, la Generalitat aportará 6.870.000,00 euros, de los que 4.809.000,00 euros irán para el Programa de Alquiler, y 2.061. 

Las ayudas al alquiler conseguirán hasta un 40% del alquiler, con un máximo de 2.880 euros anuales y puede ser de hasta el 50% del alquiler si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años. 

En cuanto a las ayudas a jóvenes puede llegar hasta el 50% de la renta del alquiler y es necesarios que todos los miembros de la unidad familiar tengan menos de 35 años, como excepción pueden formar parte de esta unidad de convivencia personas mayores de 35 años que sean dependientes. 

Tendrán prioridad los afectados por desahucios, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos diez años; familias monoparentales o numerosas, mujeres víctimas de violencia de género, matas de terrorismo, personas con diversidad funcional, personas con trastorno mental severo, jóvenes extutelados y unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas. De igual manera, tendrán preferencia las mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, especialmente cuando tengan hijos menores exclusivamente a su cargo, así como las unidades de convivencia en las que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones correspondientes. 

Rehabilitación de edificios 
En cuanto a las ayudas de rehabilitación de edificios del programa de fomento de la conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad de viviendas, la cuantía inicial será de un millón de euros, que tras el convenio de colaboración con fomento puede conseguir un importe de 1.250.000 euros. 

Para acceder a estas ayudas los edificios deben haberse construido antes de 1996 y que al menos el 50% de las viviendas sean domicilio habitual de sus residentes. Las ayudas subvencionarán hasta el 40% de las obras con un máximo de 3.000 euros por vivienda para conservación, 8.000 euros para accesibilidad y otros 8.000 euros por vivienda para mejora de eficiencia energética del edificio. 

Las familias con ingresos inferiores a tres veces el IPREM recibirán una ayuda complementaria del 35%. También habrá una subvención complementaria si reside una persona con diversidad funcional o mayor de 65 años. La Generalitat subvencionará un 10% adicional hasta un máximo de 2.000 euros por vivienda en el caso de rehabilitación de edificios o del 5% con un máximo de 1.000 euros en reparación interior de viviendas. 

Rehabilitación de viviendas 

Finalmente, a las ayudas de rehabilitación de viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva se les destina inicialmente 2.500.000 euros, que podrán aumentar hasta los 18.071 millones euros con la suscripción del correspondiente convenio. 

La subvención será de hasta un 40% del presupuesto de las obras y una subvención del 35% adicional para las viviendas donde residan unidades de convivencia con recursos limitados a tres veces el IPREM, con situaciones de discapacidad o mayores de 65 año. La Generalitat, de forma adicional, concederá una ayuda del 5% del coste, con un tope máximo de 1000 euros. 

Los beneficiarios podrán ser los propietarios o arrendatarios de viviendas en edificios de tipología residencial colectiva, así como las Administraciones Públicas y otras entidades de derecho público que sean propietarias de viviendas a rehabilitar o si el propietario y el arrendatario de una vivienda acuerdan que este último pague a su cargo las obras. 

Las viviendas deberán estar finalizadas antes de 1996 y ser el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios. La vivienda deberá disponer de un informe técnico que acredite la necesidad de la actuación, además de un proyecto o una memoria redactada por un técnico. 

Tanto en estas ayudas como en las de mejora de la eficiencia energética, se priorizará los grupos de viviendas de peor estado de conservación y de peor calidad constructiva ya que se busca potenciar los procesos de rehabilitación en los ámbitos de mayor vulnerabilidad y contribuir a resolver problemas que, de otra forma, tendría difícil solución.