Hoy, 1 de junio de 2026, la Agencia Tributaria inicia la atención presencial para la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025. Este servicio permitirá a los contribuyentes recibir asistencia directa en oficinas, revisar y confirmar borradores, y resolver cualquier duda sobre su declaración hasta el 30 de junio, fecha de cierre de la campaña. La atención presencial requiere cita previa y se suma a los otros canales disponibles: la presentación telemática, que comenzó el 8 de abril, y el servicio de atención telefónica, operativo desde el 6 de mayo.
El acceso a la atención presencial se realiza mediante cita previa, que puede solicitarse a través de la web de la Agencia Tributaria. Los especialistas en las oficinas ayudan a los contribuyentes a cumplimentar correctamente la declaración, comprobar deducciones y responder a consultas sobre obligaciones fiscales, evitando errores que podrían derivar en sanciones o requerimientos posteriores.
La presentación telemática continúa siendo la opción más rápida y segura para quienes ya tienen su borrador preparado. Renta Web permite acceder al borrador mediante número de referencia, certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Los expertos recuerdan que es fundamental revisar detenidamente los datos incluidos, ya que pueden faltar deducciones aplicables o información relevante sobre ingresos y retenciones. Además, comparar la tributación individual y conjunta es clave para elegir la opción más beneficiosa, especialmente en familias con varias personas que declaran.
Novedades fiscales de la campaña de la Renta
Entre las novedades fiscales de esta campaña destacan la tributación al 30% de las rentas del ahorro superiores a 300.000 euros, así como las deducciones relacionadas con eficiencia energética en viviendas y los incentivos por la compra de vehículos eléctricos, incluyendo instalaciones de puntos de recarga. Los ingresos de los creadores de contenido se consideran ahora rendimientos de actividad económica, lo que implica obligaciones fiscales más estrictas. Asimismo, se incorpora una deducción para rentas bajas con el objetivo de que los perceptores del salario mínimo interprofesional no tengan que tributar por el IRPF.
Autónomos y beneficiarios del ingreso mínimo vital están obligados a presentar declaración en todos los casos, aunque parte de sus rentas pueden quedar exentas. Los perceptores de prestaciones por desempleo solo deberán declarar si superan los límites generales de ingresos. Además, la Agencia Tributaria recuerda que mantener los datos personales y fiscales actualizados es fundamental para evitar errores en la declaración y recibir correctamente devoluciones o ajustes.
Con la apertura hoy de la atención presencial, Hacienda refuerza el soporte directo a los contribuyentes, ofreciendo un canal adicional que complementa la atención telefónica y la presentación telemática. Este servicio busca garantizar que todos los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera ágil, segura y con la asesoría necesaria, especialmente para quienes tienen dudas sobre deducciones, nuevas obligaciones o modificaciones recientes en la normativa.














