Los ciudadanos tenemos que ir con cuidado con las multas de 100 euros por no llevar mascarilla al aire libre en ciertas situaciones. Hay que utilizar mascarilla cuando no consigamos mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros. Según el Real Decreto-ley, la mascarilla no será obligatoria al aire libre excepto «cuando se produzcan aglomeraciones. También cuando no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes».

Aquellos ciudadanos que no lo cumplan podrán recibir una sanción que puede suponer hasta los 100 euros. El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas establecido en el artículo 6 «será considerado infracción leve«.

El uso de la mascarilla seguirá siendo obligatorio en lugares cerrados. Esto incluye centros educativos o bibliotecas, o en espacios cerrados abiertos al público como bares, restaurantes o mercados. También en el transporte público y privado de no convivientes se mantendrá la obligatoriedad. En las estaciones se deberá usar el material de protección frente al virus, aunque esté el techo abierto. La Ministra de Sanidad Carolina Darias aconseja «llevar la mascarilla cerca, con nosotros, aunque no siempre esté puesta».